Al comprar una vivienda usada a un particular pagas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) de tu comunidad. Con los tipos generales de 2026, un piso de 200.000 € paga desde 12.000 € en Comunidad de Madrid hasta 20.000 € en Cataluña. Esta tabla calcula el importe en euros para cada precio.
Cuánto ITP se paga según el precio
| Comunidad | Tipo general | 100.000 € | 150.000 € | 200.000 € | 250.000 € | 300.000 € | 400.000 € | 500.000 € |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Comunidad de Madrid | 6 % | 6.000 € | 9.000 € | 12.000 € | 15.000 € | 18.000 € | 24.000 € | 30.000 € |
| Andalucía | 7 % | 7.000 € | 10.500 € | 14.000 € | 17.500 € | 21.000 € | 28.000 € | 35.000 € |
| La Rioja | 7 % | 7.000 € | 10.500 € | 14.000 € | 17.500 € | 21.000 € | 28.000 € | 35.000 € |
| Región de Murcia | 7,75 % | 7.750 € | 11.625 € | 15.500 € | 19.375 € | 23.250 € | 31.000 € | 38.750 € |
| Aragón | 8 % · 8,5 % desde 400.000 € · 9 % desde 450.000 € · 9,5 % desde 500.000 € · 10 % desde 750.000 € (por tramos) | 8.000 € | 12.000 € | 16.000 € | 20.000 € | 24.000 € | 32.000 € | 40.750 € |
| Asturias | 8 % · 9 % desde 300.000 € · 10 % desde 500.000 € (todo el valor al tipo del tramo) | 8.000 € | 12.000 € | 16.000 € | 20.000 € | 24.000 € | 36.000 € | 45.000 € |
| Castilla y León | 8 % · 10 % desde 250.000 € (por tramos) | 8.000 € | 12.000 € | 16.000 € | 20.000 € | 25.000 € | 35.000 € | 45.000 € |
| Extremadura | 8 % · 10 % desde 360.000 € · 11 % desde 600.000 € (por tramos) | 8.000 € | 12.000 € | 16.000 € | 20.000 € | 24.000 € | 32.800 € | 42.800 € |
| Galicia | 8 % | 8.000 € | 12.000 € | 16.000 € | 20.000 € | 24.000 € | 32.000 € | 40.000 € |
| Illes Balears | 8 % · 9 % desde 400.000 € · 10 % desde 600.000 € · 12 % desde 1.000.000 € · 13 % desde 2.000.000 € (por tramos) | 8.000 € | 12.000 € | 16.000 € | 20.000 € | 24.000 € | 32.000 € | 41.000 € |
| Cantabria | 9 % | 9.000 € | 13.500 € | 18.000 € | 22.500 € | 27.000 € | 36.000 € | 45.000 € |
| Castilla-La Mancha | 9 % | 9.000 € | 13.500 € | 18.000 € | 22.500 € | 27.000 € | 36.000 € | 45.000 € |
| Comunitat Valenciana | 9 % · 11 % desde 1.000.000 € (todo el valor al tipo del tramo) | 9.000 € | 13.500 € | 18.000 € | 22.500 € | 27.000 € | 36.000 € | 45.000 € |
| Cataluña | 10 % · 11 % desde 600.000 € · 12 % desde 900.000 € · 13 % desde 1.500.000 € (por tramos) | 10.000 € | 15.000 € | 20.000 € | 25.000 € | 30.000 € | 40.000 € | 50.000 € |
Cálculo propio con los tipos de taxes.js (revisados el 2 de octubre de 2026). «Por tramos»: cada parte del precio tributa a su tipo; «todo el valor»: el tipo del tramo se aplica a todo el precio. No incluye País Vasco y Navarra (régimen foral), Canarias ni Ceuta y Melilla.
Sobre qué valor se paga
Desde 2022 (Ley 11/2021), la base del ITP es el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia del Catastro. Si el valor de referencia de tu piso supera el precio, pagarás sobre el valor de referencia: consúltalo en la Sede Electrónica del Catastro antes de firmar.
ITP reducido: vivienda habitual, jóvenes y familias
Casi todas las comunidades rebajan el tipo en algunos casos. 11 de las 14 tienen tipos reducidos o bonificaciones para jóvenes (Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, Región de Murcia). Resumen de lo que hemos leído en cada norma consolidada:
- Andalucía: ITP del 6 % en vivienda habitual de valor no superior a 150.000 €. ITP del 3,5 % para menores de 35 años en su vivienda habitual de hasta 150.000 €. ITP del 3,5 % para familias numerosas en su vivienda habitual de hasta 250.000 €. ITP del 3,5 % si el comprador o alguien de su núcleo familiar tiene discapacidad (vivienda habitual de hasta 250.000 €).
- Aragón: Bonificación del 12,5 % de la cuota de ITP para menores de 35 años en vivienda habitual de valor real no superior a 100.000 €. Bonificación del 50 % de la cuota de ITP para familias numerosas en su vivienda habitual (con requisitos, como vender la vivienda anterior en plazo).
- Asturias: ITP del 3 % en segundas o ulteriores transmisiones de viviendas protegidas por el Principado que sean vivienda habitual.
- Cantabria: ITP del 7 % en vivienda habitual hasta 300.000 € (el exceso, al 9 %). ITP del 4 % para menores de 40 años en su vivienda habitual. ITP del 4 % para familias numerosas o monoparentales y personas con discapacidad del 33 % al 65 %.
- Castilla y León: ITP del 4 % en vivienda habitual cuando todos los compradores tienen menos de 36 años. ITP del 4 % en vivienda habitual para titulares de familia numerosa y personas con discapacidad igual o superior al 65 %. ITP del 0,01 % para menores de 36 años en vivienda habitual que cumpla los requisitos de vivienda rural del art. 7.1.c.
- Castilla-La Mancha: ITP del 6 % y AJD del 0,75 % en la primera vivienda habitual financiada en más del 50 % con hipoteca, con un valor máximo de la vivienda (la Ley 1/2026 ha cambiado ese límite: confirma el importe vigente). AJD del 0,5 % en ese supuesto para menores de 36 años, familias numerosas o monoparentales y discapacidad igual o superior al 65 %. Tipos aún menores en municipios de zonas en riesgo o de intensa despoblación (Ley 2/2021).
- Comunidad de Madrid: ITP del 4 % en la vivienda habitual de una familia numerosa. Bonificación del 10 % de la cuota de ITP en vivienda habitual de valor igual o inferior a 250.000 €. Bonificación del 100 % del ITP para menores de 35 años en municipios de menos de 2.500 habitantes (mismo límite de 250.000 €).
- Comunitat Valenciana: ITP del 6 % en la primera vivienda habitual de menores de 35 años de hasta 180.000 €, y del 8 % si supera ese valor (con límite de renta).
- Extremadura: ITP del 7 % en vivienda habitual de hasta 200.000 € si la renta no supera 30.000 € (55.000 € en conjunta). ITP del 4 % con esos mismos requisitos para menores de 36 años, familias numerosas o monoparentales y discapacidad del 65 % o más.
- Galicia: ITP del 7 % en vivienda habitual si ni el precio ni el patrimonio de los compradores superan 240.000 € (+30.000 € por miembro adicional). ITP del 3 % para menores de 36 años en vivienda habitual, con el mismo límite de precio y patrimonio (240.000 € + 30.000 € por miembro adicional). ITP del 3 % para familias numerosas y personas con discapacidad.
- Illes Balears: AJD del 0,5 % en ese mismo supuesto si el comprador tiene menos de 36 años.
- La Rioja: ITP del 5 % en la vivienda habitual de una familia numerosa, o del 3 % si se compra en los 5 años siguientes a serlo y la base imponible conjunta no pasa de 30.600 €. ITP del 5 % en la primera vivienda habitual de protección oficial.
- Región de Murcia: ITP del 3 % para familias numerosas en su primera vivienda habitual (límite de renta de 44.000 €, +6.000 € por hijo adicional). ITP del 3 % para compradores de 40 años o menos, con requisitos de renta y de vivienda. ITP del 4 % en viviendas de protección oficial de régimen especial.
Cada reducción tiene requisitos adicionales (vivienda habitual, renta, patrimonio, plazos). En Cataluña no publicamos tipos reducidos porque no hemos podido contrastar su texto vigente en una fuente oficial consolidada.
¿Dudas entre pisos de distinto precio o comunidad?
El ITP cambia mucho de un piso a otro. La Calculadora de gastos de compra de vivienda en Excel (ITP por CCAA 2026) lo calcula con tus cifras: ITP o IVA + AJD de tu comunidad, notaría, registro y gastos de la hipoteca, y compara hasta 3 pisos lado a lado. Cuesta 4,90 €.
Además del ITP
Suma la notaría y el registro (unos 633 € con IVA para 200.000 € según el arancel) y la entrada. Lo tienes todo junto en el ahorro necesario para un piso de 200.000 €. Si compras a un promotor, no pagas ITP sino IVA + AJD.
Plantillas útiles para después de la firma
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